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El Concejo Deliberante de San Isidro es un espacio democrático, abierto a los vecinos y que mantiene la firme convicción de mejorar la calidad de vida de cada uno de los vecinos de San Isidro.

El Departamento Legislativo en San Isidro está integrado por 24 concejales. Ellos son  vecinos, electos mediante el voto ciudadano, que representan a los más de 300.000 personas que viven en el distrito.

A San Isidro lo cuidamos entre todos.

 

 

 

Función de la Municipalidad

Si bien las funciones que establece la Constitución Provincial y la Ley Orgánica de las Municipalidades están limitadas a cuestiones de ordenamiento urbano, regulación de edificaciones, mantenimiento de vías de circulación, cementerios, ornato de parques y paseos públicos, limpieza y ordenamiento de espacios públicos, iluminación pública, habilitaciones de comercios y algunas otras más, lo cierto  es que los municipios, sobre todo los urbanos,  amplían sus funciones en los hechos a la salud pública, a la asistencia social, a la seguridad y a la educación. Y cada ves más avanza en la atención de necesidades de los vecinos que la nación y la provincia no cubre o no satisface adecuadamente.

Organización de la municipalidad

Las municipalidades se componen de un Departamento Ejecutivo, encabezado por el intendente, y un Departamento Deliberativo, compuesto por el Concejo Deliberante.

El Concejo Deliberante dicta las leyes locales, llamadas ordenanzas municipales, y el Intendente y su equipo de gobierno tiene la tarea de llevarlas a cabo.

En San Isidro el Departamento Deliberativo se comforma por 24 concejales de distintos partidos políticos. El número de representantes está intimamente ligada a la representatividad obtenida en las elecciones generales.

San isidro tiene 24 concejales como todos los municipios de la Provincia de Buenos aires que tienen más de 200mil habitantes.

Si bien el concejo funciona todos los días, se reúne formalmente en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se producen dos veces al mes y las extraordinarias cada ves que un tema de urgencia lo requiere. En estas sesiones como resultado de la deliberación de sus miembros, se aprueban ordenanzas como resoluciones y comunicaciones. Entre las ordenanzas más importantes que se tratan podemos mencionar los presupuestos municipales de cada año, las ordenanzas impositivas y fiscales, código de ordenamiento urbano, código de edificación, código de publicidad, código contravencional, etc.

Función de la Municipalidad

Si bien las funciones que establece la Constitución Provincial y la Ley Orgánica de las Municipalidades están limitadas a cuestiones de ordenamiento urbano, regulación de edificaciones, mantenimiento de vías de circulación, cementerios, ornato de parques y paseos públicos, limpieza y ordenamiento de espacios públicos, iluminación pública, habilitaciones de comercios y algunas otras más, lo cierto  es que los municipios, sobre todo los urbanos,  amplían sus funciones en los hechos a la salud pública, a la asistencia social, a la seguridad y a la educación. Y cada ves más avanza en la atención de necesidades de los vecinos que la nación y la provincia no cubre o no satisface adecuadamente.

Organización de la municipalidad

Las municipalidades se componen de un Departamento Ejecutivo, encabezado por el intendente, y un Departamento Deliberativo, compuesto por el Concejo Deliberante.

El Concejo Deliberante dicta las leyes locales, llamadas ordenanzas municipales, y el Intendente y su equipo de gobierno tiene la tarea de llevarlas a cabo.

En San Isidro el Departamento Deliberativo se comforma por 24 concejales de distintos partidos políticos. El número de representantes está intimamente ligada a la representatividad obtenida en las elecciones generales.

San isidro tiene 24 concejales como todos los municipios de la Provincia de Buenos aires que tienen más de 200mil habitantes.

Si bien el concejo funciona todos los días, se reúne formalmente en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se producen dos veces al mes y las extraordinarias cada ves que un tema de urgencia lo requiere. En estas sesiones como resultado de la deliberación de sus miembros, se aprueban ordenanzas como resoluciones y comunicaciones. Entre las ordenanzas más importantes que se tratan podemos mencionar los presupuestos municipales de cada año, las ordenanzas impositivas y fiscales, código de ordenamiento urbano, código de edificación, código de publicidad, código contravencional, etc.

Organización de la municipalidad

Las municipalidades se componen de un Departamento Ejecutivo, encabezado por el intendente, y un Departamento Deliberativo, compuesto por el Concejo Deliberante.

El Concejo Deliberante dicta las leyes locales, llamadas ordenanzas municipales, y el Intendente y su equipo de gobierno tiene la tarea de llevarlas a cabo.

En San Isidro el Departamento Deliberativo se comforma por 24 concejales de distintos partidos políticos. El número de representantes está intimamente ligada a la representatividad obtenida en las elecciones generales.

San isidro tiene 24 concejales como todos los municipios de la Provincia de Buenos aires que tienen más de 200mil habitantes.

Si bien el concejo funciona todos los días, se reúne formalmente en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se producen dos veces al mes y las extraordinarias cada ves que un tema de urgencia lo requiere. En estas sesiones como resultado de la deliberación de sus miembros, se aprueban ordenanzas como resoluciones y comunicaciones. Entre las ordenanzas más importantes que se tratan podemos mencionar los presupuestos municipales de cada año, las ordenanzas impositivas y fiscales, código de ordenamiento urbano, código de edificación, código de publicidad, código contravencional, etc.

ACTIVIDADES LEGISLATIVAS

TRANSPARENCIA

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

MUNICIPIO

CULTURA

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